ACTUALIZACIÓN 01/07/2024

SUSPENDIDA PROVISIONALMENTE LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES HASTA NUEVO AVISO!

ATENCIÓN!

Atendiendo que se han superado las 1040 solicitudes y de acuerdo con el punto seis de la base séptima de la convocatoria se suspende provisionalmente la presentación de solicitudes hasta nuevo aviso

La Conselleria d’Empresa, Ocupació i Energia ha iniciado el período para presentar las solicitudes de subvención de cuota cero dirigidas a personas emprendedoras autónomas.
Con una dotación inicial de un millón de euros, se espera que estas ayudas beneficien a alrededor de mil personas.

A continuación te explicamos los diferentes aspectos a tener en cuenta para que puedas solicitar la ayuda con éxito:

FINALIDAD

El objetivo principal es compensar los gastos de las cuotas a la Seguridad Social de aquellas personas autónomas que se encuentren acogidas a la tarifa plana de autónomos en las Illes Balears.

PERSONAS BENEFICIARIAS Y REQUISITOS PRINCIPALES

  • Personas autónomas que, entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de junio de 2024, se den de alta en régimen especial por cuenta propia o en la mutua.
  • Constar de alta en el Censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
  • Que se hayan mantenido de alta de manera ininterrumpida hasta la fecha de presentación de la solicitud.
  • Que tengan derecho a la aplicación de la tarifa reducida de la cotización de la Seguridad Social.
  • Que consten como demandante de empleo en el SOIB, como mínimo, el día antes de su alta.

EXCLUSIONES

  • Personas autónomas de sociedades mercantiles de capital, cooperativas, sociedades laborales y sociedades civiles no profesionales.

CUANTÍA DE LA AYUDA

  • Hasta un máximo de 12 cuotas. 960 € (si el alta es desde julio de 2023 hasta junio de 2024).

PRINCIPALES DOCUMENTOS A PRESENTAR

  • Solicitud de ayuda cumplimentada.
  • El documento acreditativo del pago del importe correspondiente a la primera cuota reducida de cotización en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
  • En el supuesto de que la persona solicitante se integre o esté integrada como partícipe en una sociedad civil o comunidades de bienes, deberá adjuntar la documentación acreditativa de la constitución de esta.

PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN

  • Desde el 15 de abril hasta el 15 de julio de 2024 (o hasta la finalización del crédito).
  • Acceso al trámite electrónico.

La concesión de las ayudas se establecerán por orden de entrada de las solicitudes que no se hayan detectado anomalías hasta agotar el presupuesto.

DATOS DE CONTACTO DEL ORGANISMO GESTOR PARA ACLARACIÓN DE DUDAS

Dirección General de Empresa, Autónomos y Comercio

Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló)

Página web con toda la información https://www.caib.es/sites/quotazero/es/quota_zero/
Teléfono de contacto 971178900

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